Expertos advierten sobre el aumento de la brecha entre la inflación y el mínimo no imponible

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Así lo manifestó un reciente informe realizado por el Instituto Argentino de Análisis Fiscal que destacó que mientras los precios subieron 425%, las deducciones del gravamen lo hicieron en un 380% para los empleados casados con dos hijos

Un informe del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF) destacó que el aumento de los valores de deducción permitidos en el Impuesto a las Ganancias están por debajo de los porcentajes de inflación desde el 2001 a la fecha.

Al respecto, destacaron que «mientras el índice de precios mayoristas calculado por el INDEC aumentó entre diciembre de 2001 y abril de 2012 un 425%, los mínimos y deducciones del impuesto fueron ajustados para trabajadores casados y con dos hijos en el 380% en el caso de los dependientes y el 350% para los independientes».

Según el organismo a cargo de Nadin Argañaraz, «una actualización de mínimos y deducciones inferior al crecimiento de los salarios nominales ha provocado que cada año un mayor número de trabajadores quede alcanzado por el tributo».

A modo de ejemplo, se plantearon dos casos:

• Un trabajador cuyos ingresos anuales totales superaban en el año 2001 en un 50% los mínimos, tributaba en ese entonces el 9% sobre ese excedente. (En esta situación se encontraba un trabajador casado con dos hijos que ganaba aproximadamente $31.600 anuales y podía computar mínimos por $21.600, quedándole un excedente imponible de $10.000). Este mismo trabajador, que en el año 2011 siguió obteniendo ingresos superiores en un 50% a los mínimos, pagó por ese excedente una alícuota efectiva de aproximadamente el 18%, es decir el doble que en 2001.
• La tasa máxima del Impuesto a las Ganancias asciende en nuestro país al 35%. En el año 2001 comenzaban a tributar esa tasa quienes percibían ingresos equivalentes a 6,5 mínimos vigentes en aquél periodo. Hoy están alcanzados por dicha tasa quienes tienen una remuneración equivalente a sólo 2,1 mínimos actuales.

En el caso de autónomos es aún peor, ya que «un soltero sin hijos comienza a tributar a partir de ingresos mensuales de $2.160, y un casado con dos hijos desde los $4.560 mensuales, además de hacer su correspondiente aporte al sistema jubilatorio».

Según el IARAF, la falta de ajuste de mínimos para el año 2012 provocaría un nuevo aumento de la presión tributaria.

En el siguiente cuadro se muestra qué porcentaje del incremento salarial (se supone un incremento salarial del 23% para este año) sería neutralizado por el aumento en gravamen en caso de no modificarse los mínimos y deducciones, y su comparación con la neutralización de la suba salarial que se daría en el caso de que los mismos se actualicen en un 20%.

Por último, desde el IARAF destacaron que «la discusión no debería centrarse en la eliminación lisa y llana del impuesto a los asalariados, sino en la adecuación de sus mínimos y tramos de escala al contexto de evolución de precios que tiene el país».

Fuente: Iprofesional.com

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