Se fijaron las nuevas cotizaciones de ART para empleados de casas particulares

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Mediante la Resolución conjunta 38579/2014 y 2265/2014 se presentanron los montos a abonar en concepto de ART para el servicio domestico

 

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
y
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
Resolución Conjunta 38.579/2014 y 2265/2014

8/9/2014
VISTO… Y CONSIDERANDO…
EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACION Y EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO RESUELVEN:
ARTICULO 1° — Para los contratos que vinculen a Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) con empleadores incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley Nº 26.844, sobre el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, serán de aplicación las alícuotas definidas en el cuadro tarifario que se establecen en el Anexo I de la presente.
ARTICULO 2° — Las alícuotas definidas en el Anexo I de la presente Resolución podrán ser ajustadas anualmente.
ARTICULO 3° — La presente resolución entrará en vigencia a partir del primer día del segundo mes posterior a su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y archívese. — Lic. JUAN ANTONIO BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación. — Dr. JUAN H. GONZÁLEZ GAVIOLA, Superintendente de Riesgos del Trabajo. NOTA: la versión completa de la presente Resolución se puede consultar en Avda. Julio A. Roca 721 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ANEXO I CUADRO TARIFARIOS PARA PERSONAL DE CASAS PARTICULARES:

Horas trabajadas semanales Alícuota
Menos de 12 horas $ 130
De 12 a menos de 16 horas $ 165
16 horas o más $ 230

Las alícuotas establecidas precedentemente se consideran premio final.

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