Párrafo que debe emitir el auditor en los informes cuando el ente es sujeto obligado

By  |  0 Comments
El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fé nos recuerda que, en los Informes de Auditoría de Estados Contables cuando el ente es sujeto obligado, el Auditor deberá emitir un párrafo sobre prevención de lavado de activos.

De acuerdo a la R. 65/2011 (modificada por la R. 01/2012) de la UIF, quedan comprendidos como sujetos obligados los profesionales que prestan servicios de auditoría de EECC (o sindicatura) a entes que:

a)     se encuentren enunciados en el art. 20 de la ley 25246 , ó

b)    no encontrándose en dicho art., los EECC auditados posean:

  • un activo superior a $ 8 millones, ó
  • hayan duplicado sus ventas o activo en un año (el incremento deberá superar los $ 600.000.-)

En estos casos, los informes de auditoría sobre EECC anuales  (no intermedios ni inferiores a 12 meses ) a partir de ejercicios cerrados el 31/12/2011, en la sección “ Información requerida por disposiciones legales”, deberán contener un párrafo como el siguiente:

HE APLICADO LOS PROCEDIMIENTOS SOBRE PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO PREVISTOS EN NORMAS PROFESIONALES VIGENTES”

Fuente: Ennotas.com

Deje su comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *