Ganancias y Bienes Personales: arranca vencimiento para empresas y accionistas

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Durante esta semana, las compañías y los particulares deben llevar a cabo la presentación y el pago de las obligaciones correspondientes al ejercicio fiscal 2011. A tal efecto, la AFIP lanzó una completa guía que establece los pasos a seguir para cumplir con el organismo recaudador

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que durante esta semana vence el plazo para que los particulares, que cuentan con acciones de sociedades no cotizantes -que cierran balance en diciembre- presenten la declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias y de Bienes Personales.

Complementariamente, indicó que rige el plazo para que las empresas presenten y cancelen la liquidación anual de Ganancias correspondiente al ejercicio fiscal 2011.

 

Vencimientos para particulares
Con respecto a las características del vencimiento, el fisco nacional aclaró quiénes deben presentar declaraciones juradas durante esta semana:

 

  • Obligados a presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias -F.711 – Nuevo Modelo:
    • Quienes se encuentren inscriptos en el tributo.
    • Los contribuyentes autónomos que obtengan ingresos por cualquier actividad y no se encuentren adheridos al Monotributo por la misma.
  • Obligados a presentar declaración jurada del Impuesto sobre los Bienes Personales -F.762/A:
    • Quienes se encuentren inscriptos en el tributo.
    • Aquellos que al 31 de diciembre pasado posean bienes que superen los 305.000 pesos.

 

«Si cuentan con participaciones en sociedades (con acciones de empresas que cierran balance en diciembre) que no cotizan en bolsa o mercado de valores deben considerar los vencimientos establecidos para este mes», agregaron desde la AFIP.

Las declaraciones juradas generadas por el aplicativo «Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales» tendrán que ser presentadas mediante la transferencia electrónica de datos, ingresando con Clave Fiscal al servicio «Presentación de DDJJ y Pagos».

Para cumplir con la obligación, los contribuyentes utilizarán la nueva versión del programa aplicativo denominado «Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales 13.0». Las liquidaciones , las mismas arrojaran un salgo a ingresar, deberán efectuar el pago según se detalla para cada caso:

 

  • Grandes contribuyentes: únicamente mediante transferencia electrónica de fondos, generando un Volante Electrónico de Pago (VEP).
  • Resto de los contribuyentes: podrán optar por realizar el pago mediante alguna de las siguientes modalidades:
    • Transferencia electrónica de fondos, generando un VEP.
    • En efectivo, dirigiéndose personalmente a las entidades bancarias habilitadas (se aceptan también cheques propios, financieros y cancelatorios), Pago Fácil, Rapipago y Bapro Pagos.
    • Efectuando la cancelación en cajeros automáticos de la red Link o Banelco.
    • Utilizando tarjeta de crédito: se podrá realizar el pago telefónicamente o adhiriéndose al débito automático.

 

Asimismo, la AFIP también puso a disposición de los contribuyentes un programa simulador de Ganancias y Bienes Personales que les permite conocer si les corresponde presentar o no la declaración jurada, y, en caso afirmativo, cuál es el importe que se debe abonar. Se puede realizar una simulación a través de la pagina de la AFIP.

Sociedades
Complementariamente, durante esta semana rige el plazo para que todas las empresas que cierran balance en diciembre presenten la declaración jurada anual correspondiente a 2011.

Para ello, deberán utilizar el aplicativo denominado «Ganancias Personas Jurídicas Versión 11 Release 0».

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