AFIP reglamentó el no pago de Ganancias en la segunda cuota del aguinaldo

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AFIP reglamentó la medida anunciada establecida en el decreto 2191/12 por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner.AFIP Declaración Juradara

Mediante la resolución general 3413, publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó la no retención del Impuesto a las Ganancias que recae sobre la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario, anunciada a mediados de noviembre por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner y establecida en el decreto 2191/12.

La resolución establece que el beneficio regirá para quienes tengan una remuneración bruta mensual devengada entre los meses de julio a diciembre de 2012 que no supere los 25.000 pesos.

La resolución aclara que el beneficio deberá exteriorizarse inequívocamente en los recibos de haberes correspondientes bajo el concepto “Beneficio Decreto Nº 2.191/12″

Fuente: AFIP

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