Se extenderían los beneficios del ATP para Mayo
PROGRAMA ATP – EXTENSIÓN
El Comité ha considerado los Informes elaborados por el MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
(IF-2020-30888204-APN-UGA#MDP) y por la Secretaría de Política Económica del MINISTERIO DE
ECONOMÍA (IF-2020-30897260-APN-SPE#MEC), que dan cuenta del nivel de afectación de la economía
derivada de la extensión del Asilamiento Social, Preventivo y Obligatorio.
En consecuencia, y en el marco de los dispuesto por el artículo 13 del Decreto Nº 332/20 y sus modificatorios, el
COMITÉ recomienda que se extiendan los beneficios del Programa ATP relativos al Salario Complementario y a la
postergación y reducción del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino
respecto de los salarios y contribuciones que se devenguen durante el mes de mayo.