Impuesto Inmobiliario: Requisitos para acceder a la exención impositiva para jubilados

By  |  0 Comments

En la Provincia de Buenos Aires hay unos 250 mil jubilados exentos de pagar el Impuesto Inmobiliario.

En la actualidad, la provincia de Buenos Aires, a través de la Agencia de Recaudación, exime del pago del Impuesto Inmobiliario a 250 mil abuelos que viven en territorio bonaerense. El beneficio alcanza a jubilados y pensionados con ingresos inferiores a $4.000, que posean un único inmueble cuya valuación fiscal no supere los $500 mil.

La exención que promueve el Estado bonaerense “busca reconocer a quienes con trabajo y esfuerzo ayudaron a construir nuestra Provincia”, explicó el titular de Arba, Martín Di Bella, en el marco de la celebración del Día del Jubilado.

El economista sostuvo que “los jubilados son uno de los sectores de la sociedad que más se preocupa por tener sus impuestos al día, y desde Arba siempre buscamos que ese comportamiento solidario se extienda al resto de la ciudadanía”.

Di Bella destacó que “el compromiso cívico de los abuelos, y su responsabilidad tributaria, deberían servir de ejemplo para que ciertos contribuyentes morosos, de evidente capacidad económica, dejen de poner excusas y regularicen su situación fiscal con la Provincia”.

Los jubilados que reúnan las condiciones para acceder a la exención del Inmobiliario pueden tramitarla de forma gratuita en cualquiera de los Centros de Servicio de Arba, o bien iniciar la gestión por internet, desde www.arba.gov.ar. Para comenzar el trámite, los interesados deben presentar documento; recibos de jubilación o pensión de los últimos 4 meses; escritura, boleto o acta de toma de posesión del inmueble; y una boleta de servicio público u otro certificado que acredite domicilio.

Requisitos para acceder a la exención impositiva

Pueden tramitar la exención impositiva los jubilados o pensionados que cumplan las siguientes condiciones:

– Ser propietario, usufructuario o poseedor de un solo inmueble.

-La valuación fiscal de la propiedad no debe superar los $500 mil.

-Los ingresos jubilatorios tienen que ser inferiores a $4.000 (en caso de un matrimonio, se deben sumar los haberes de ambos cónyuges).

-Para obtener mayor información, o realizar cualquier tipo de consultas, los contribuyentes pueden llamar a la línea gratuita de Arba: 0800-321-ARBA (2722).

Fuente: Ennotas.com

Deje su comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *