Comercio: conozca las 10 claves del acuerdo salarial que toca el bolsillo de más de un millón de empleados

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El sindicato y las cámaras acordaron un aumento salarial del 24% en dos cuotas. Más allá de la cifra final, existe una serie de aspectos clave, como la base de cálculo sobre la cual se establece el incremento, o la incidencia de la mejora sobre los adicionales. La «letra chica» de lo pactado  

El Sindicato Empleados de Comercio (SEC) que lidera Armando Cavalieri y las cámaras empresarias de la actividad firmaron el acuerdo salarial para más de un millón de trabajadores, que consiste en una recomposición salarial del 24 por ciento, a abonarse en dos tramos.

El gremio y las entidades empresarias cerraron la negociación en el Ministerio de Trabajo, con la presencia del titular de la cartera, Carlos Tomada, y la viceministra de Trabajo, Noemí Rial, luego de llegar a un arreglo de palabra y realizar más de diez reuniones por fuera de la cartera laboral, a raíz de las diferencias que surgieron en torno a puntos que habían quedado pendientes desde el año pasado.

«Estamos satisfechos«, dijo a iProfesional.com, el presidente de la Cámara de Comercio,Carlos de la Vega, quien señaló que los acuerdos «son buenos cuando los empresarios suponen que han dado mucho y los trabajadores piensan que les han dado poco».

Ahora resta que el documento sea homologado en los próximos días, según confiaron tanto sindicalistas como empresarios. El convenio fue firmado por el sindicato, la Cámara de Comercio (CAC), la Cámara de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentina (UdECA).

Si bien Cavalieri reclamaba inicialmente un 27% de incremento, en el gremio no se mostraron disconformes con el resultado. Pero, a diferencia del empresariado, reconocieron «presiones»desde el Gobierno para no cerrar por una cifra superior. «Todas las negociaciones (de este año)están complicadas. A veces mantener lo que tenés, no es fácil», señaló un integrante de la paritaria.

Con esta paritaria, se cierra el acuerdo de mayor cobertura en cantidad de trabajadores y en línea con las recientes negociaciones de los metalúrgicos y los bancarios, que obtuvieron porcentajes de incremento similares. En todos los casos, acordaron subas inferiores a las obtenidas el año pasado, en un contexto en el que el Gobierno fijó una pauta salarial en torno al 21%.

En efecto, el año pasado la discusión salarial en Comercio había cerrado con una suba del 30 por ciento, en tres cuotas.

Éstas son las claves para saber los alcances del nuevo marco acordado:

1. ¿De cuánto es el aumento?
Es del 24% y se otorgará en dos cuotas no acumulativas. La primera es de un 15%, retroactivo al 1 de mayo, que se establece en forma no remunerativa hasta el 31 de diciembre de 2012. La segunda, que es de un 9%, regirá a partir del 1 de noviembre hasta el 30 de abril de 2013.

El carácter no remunerativo de las subas implica que no estarán sujetas al aporte de cargas sociales, mientras no sean incorporadas al salario.

El Ministerio de Trabajo tenía previsto eliminar en 2011 esta modalidad de pago, pero durante este año se han firmado varios convenios de este tipo.

Asimismo, se aplicará un incremento por grossing up una vez que las mejoras de mayo y noviembre sean incorporadas al salario, para compensar los mayores aportes que deberá realizar el empleado y que el sueldo de bolsillo sea el mismo.

2. ¿Cómo se liquida?
El aumento se registrará en el recibo de sueldo por rubro separado bajo la denominación «Acuerdo Mayo 2012«.

En el caso de que quedara pendiente la homologación del convenio y vencieran los plazos previstos para el pago de los incrementos, las empresas abonarán las sumas devengadas con la mención de «Pago Anticipo a Cuenta del Acuerdo Colectivo Mayo 2012», los que quedarán reemplazados y compensados por los rubros correspondientes, una vez homologado el acuerdo.

3. ¿Cuál es la base de cálculo?
Al igual que el año pasado, el aumento salarial se calculará sobre las escalas salariales de convenio (130/75) vigentes en el mes de abril 2012. En dicho período, el básico de la categoría más baja (maestranza A) alcanzaba los $3.267 de bolsillo y $4,058 en bruto.

Para el cálculo del incremento, también podrán considerarse todas aquellas subas ajenas al convenio (a cuenta de futuros aumentos) que hayan sido otorgadas antes del 1 de mayo del 2011. En cambio, las subas de carácter general, sectorial o individual otorgados por los empleadores desde esa fecha en adelante, podrán ser absorbidos o compensados.

4. ¿Cuál es el sueldo que percibirán los empleados?
Los empleados de la categoría inicial (maestranza A) cobrarán $3.842 en mano y $4.667 en bruto con la primera cuota de mayo, según la liquidación realizada por María Natalia Garriga, gerente de Tax & Legal de KPMG, y Valeria Trerotola, senior de Tax & Legal de la misma firma.

Y, hacia fin de año, cuando se abone la segunda cuota y se incorpore al salario el incremento previo, los mercantiles de la categoría más baja percibirán $4.187 de bolsillo y 5.138 pesos en bruto.

 

De este modo, los empleados de comercio que recién se inician recibirán unos 1000 pesos a lo largo de todo el año.

Los cálculos no incluyen la antigüedad, el presentismo -ítems que elevan el salario- ni el descuento extraordinario para la obra social del presente acuerdo.

 

5. ¿A quiénes alcanza el acuerdo?
La recomposición salarial contempla a los empleados encuadrados en el convenio colectivo que se desempeñan a jornada completaPara el caso del personal que realiza tareas discontinuas, a tiempo parcial o bajo el régimen de jornada reducida, el básico resultante será proporcional a la jornada laboral cumplida.

6. ¿Cómo se consideran los adicionales y otros rubros?
La equivalencia al presentismo (8,33%) y el pago del aguinaldo se abonarán sobre los montos no remunerativos pactados. En el caso de la primera cuota del Sueldo Anual Complementario, se pagará en forma proporcional por mayo y junio.

Al igual que el año pasado, los incrementos que se otorgan, mientras mantengan su condición de no remunerativos, deberán ser tenidos en cuenta para el pago de adicionales fijos previstos en convenio colectivo, enfermedades inculpablesvacaciones anuales devengadas a partir del año 2012, horas extras y, este año, se incorporan los feriados.

Pero las subas no impactarán en la antigüedad, hasta tanto no sean incorporadas al salario básico.

7. ¿Cómo se aplica en supermercados, negocios y otras tiendas?
El acuerdo «recomienda» a aquellas empresas que liquidan suplementos y/o adicionales fijos y permanentes, por encima de los establecidos en el convenio, que procuren negociar durante el presente año su adecuación, teniendo en cuenta como referencia los nuevos incrementossalariales.

Con esta cláusula, se apunta a que se mantengan las diferencias de sueldos en aquellas compañías donde las remuneraciones parten de un piso superior al básico de convenio, como ocurre en las grandes cadenas comerciales.

8. ¿Qué ítems quedan pendientes de negociación?
Las partes acordaron constituir una comisión para el tratamiento de los temas que quedaron sin resolver desde el acuerdo firmado en 2011 y que son considerados los más «conflictivos».

Desde el sector sindical se reclama discutir el adicional por prestaciones de tareas durantelos domingos, ya que el gremio señala que las empresas chicas no lo pagan como horas extras, mientras que desde las cámaras indican que no tienen la obligación de hacerlo.

El otro punto que demanda discutir el sindicato es la actualización del beneficio por zona fría o desfavorable, establecido por convenio, para aquellos empleados que se desempeñan en Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego. En la actualidad, se han acordado aumentos sectoriales por provincia, pero la idea del gremio es modificar el porcentaje del convenio colectivo, fijado en 1975.

También exigen la regulación del trabajo tercerizado y ajustar el adicional de las cajeras que el año pasado cobraron una suma especial fija anual de $3.840, dividida en cuotas iguales de liquidación mensual. Asimismo, buscan que la jornada de los empleados de caja se reduzca a 36 horas y se paguen 44, por considerarlo trabajo intensivo.

En tanto, los empresarios proponen analizar la instrumentación del presentismo y las licencias por estudios. En el primer caso, aducen que no está establecidas con precisión las condiciones para perder el adicional por asistencia. Y en el segundo, las cámaras buscanrestringir el uso de dichas licencias, que en la actualidad puede ser acumuladas y utilizarse durante el período vacacional.

9. ¿Hay que hacer aportes extraordinarios a la obra social?
Al igual que el año pasado, se estableció el pago de un aporte por única vez de $100 con destino a la Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles, que se descontará exclusivamente a los trabajadores.

10. ¿Cómo se abordará el tema de la salud laboral?
Por último, se convino en el marco de la negociación colectiva llevar adelante la concertación de un comité de higiene, seguridad y prevención en materia de riesgos del trabajo específico.

Fuente: Iprofesional.com

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