Buscan regular los alquileres en la Ciudad de Buenos Aire

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La iniciativa fue presentada por el diputado Aníbal Ibarra, quien entre otras cosas establece que los contratos de locación para vivienda no deberán ser menores a los tres años.

El mercado inmobiliario, que sufrió una brusca caída que obligó a los propietarios a alquilar sus propiedades a pesar de recibir una renta baja, también se vería perjudicado si prospera el proyecto de ley del legislador Aníbal Ibarra que promueve regular las “locaciones urbanas”.

Según información recogida de la red SOM (Servicio de Ofertas Múltiples), en octubre de 2011 había 2.188 departamentos en alquiler en el ámbito porteño, que pasaron a ser 2.580 el mes pasado. Lo mismo ocurrió con las oficinas y los locales, donde las ofertas locativas crecieron 22 y 25%, respectivamente, en ese lapso.

En este marco, el exjefe de Gobierno Aníbal Ibarra, lejos de recoger las inquietudes de quienes prefieren alquilar sus departamentos a tenerlos vacíos, presentó una iniciativa de ley para reglar los contratos de locación que se realicen en la ciudad de Buenos Aires.

La propuesta de norma establece un plazo mínimo para los contratos de locación de inmuebles urbanos destinados a vivienda de tres años. Además, indica que los contratos que fijen plazos menores se considerarán celebrados por el plazo mínimo establecido en el proyecto. Ese plazo mínimo será de cuatro años para los restantes destinos.

Asimismo, la iniciativa estipula que la fecha de vencimiento para el pago del período de locación correspondiente no podrá ser anterior al día diez de cada mes.

También se indica que los alquileres deben pagarse en moneda local, mediante depósito en la cuenta bancaria que la parte locadora indique al locatario mediante su individualización en el contrato. En el comprobante del depósito deberá “hacerse consignar la causa del pago de manera tal que las entidades bancarias puedan informar, a pedido de la autoridad de aplicación, el listado de locaciones urbanas destinadas a vivienda, con detalle de los locadores”.

En esa línea Ibarra, promueve que el precio del alquiler mensual no pueda superar al 0,7% del valor inmobiliario de referencia del inmueble. Para ello, la autoridad de aplicación establecerá y publicará anualmente los valores inmobiliarios de referencia, previa tipificación de los inmuebles en base a criterios preestablecidos que contemplen por lo menos ubicación, antigüedad, aspectos constructivos, dimensiones, distribución, funcionalidad, servicios.

Por otra parte, el titular del bloque Frente Progresista y Popular sostiene que el valor inmobiliario de referencia (VIR) se obtendrá según lo establecido en la Resolución 435/2011 de la Agencia Gubernamental del Ingresos Públicos (AGIP). De ello resultará el valor de referencia del terreno en cuanto la valuación del barrio o zona, así como la valuación de los edificios por sus destinos constructivos, características y materiales; y el potencial de edificabilidad dependiendo de la superficie.

Fuente: Ennotas.com

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