AGIP: Nuevas Alícuotas de retención y percepción

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Mediante la publicación de la resolución 672 en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, la AGIP  incorpora y modifica las alícuotas de retención y percepción a partir del 01/10/2012.

Para un correcto cumplimiento de su obligación, le recordamos que deberá confeccionar sus declaraciones juradas mensuales a través del aplicativo ARCIBA (Agentes de Recaudación de la Ciudad de Buenos Aires), generando el formulario “F.5204 – PRESENTACION SIN PAGO” y el formulario “F.5219 – VOLANTE PARA PAGO SOLAMENTE”.

Se acompaña anexo que integra la norma mencionada.

Fuente: Ennotas.com

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