SIRCAR. La Provincia de Tucuman paso a ser una jurisdicción no adherida al regimen
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Mediante la Resolución 1/2014 de la Comisión Arbitral se actualizaron las jurisdicción adheridas al SIRCAR.
COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
Resolución General 1/2014
Resolución General Nº 84/2002. Modificación.
Bs. As., 19/2/2014
VISTO: El Sistema de Recaudación y Control de Agentes de Recaudación denominado SIRCAR aprobado por la Resolución General Nº 84/2002 (artículo 120 del anexo del Ordenamiento de Resoluciones Generales dispuesto por la Resolución General Nº 1/2013), y CONSIDERANDO: Que el Fisco de la Provincia de Tucumán a través de su Resolución General Nº 69/2013 determinó que pasa a revestir el carácter de jurisdicción no adherida al Sistema de Recaudación y Control de Agentes de Recaudación denominado SIRCAR. Por ello,
LA COMISION ARBITRAL (Convenio Multilateral del 18-08-77) RESUELVE:
Artículo 1° — Modifíquese el Anexo I de la Resolución General Nº 84/2002 de la Comisión Arbitral (nómina de jurisdicciones adheridas al SIRCAR), el que quedará redactado de la siguiente manera: CATAMARCA CORRIENTES CHACO CHUBUT FORMOSA JUJUY LA PAMPA LA RIOJA MISIONES NEUQUEN RIO NEGRO SALTA SAN JUAN SAN LUIS SANTA CRUZ SANTA FE SANTIAGO DEL ESTERO TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR
Art. 2° — Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, notifíquese a las Jurisdicciones adheridas y archívese. — Roberto A. Gil. — Enrique O. Pacheco.