Para los empleados en relacion de dependencia el recargo del 15% a las compras al exterior será devuelto de forma mensual

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Una vez llegado el resumen del banco con los gastos realizados con la tarjeta, los empleados deben presentarlo al área de Recursos Humanos de la empresa
 

 

A partir del 1 de octubre, los empleados en relación de dependencia que paguen el Impuesto a las Ganancias y hayan realizado consumos con tarjeta de crédito en el exterior durante este mes podrán pedir a la empresa donde trabajan que les devuelvan el importe del impuesto.

Para ello, deben esperar que les llegue el resumen del banco con los gastos realizados con la tarjeta. Ahí figurará un recargo del 15% por todos los consumos que se hayan efectuado en el extranjero. Este extracto bancario deberá presentarse al área de Recursos Humanos de la empresa.

En la actualidad pagan Ganancias los empleados en relación de dependencia que tienen un sueldo neto desde $5.782 en el caso de los solteros y $7.998 para los casados con dos hijos.

La idea es mejorar el procedimiento para hacerlo en forma sistémica, de modo que el empleadono tenga que realizar ningún trámite. 

A su vez, aquellas personas que se desempeñan en forma independiente y figuran ante el fisco como responsables inscriptos, podrán descontarlo como anticipo de Ganancias, sin tener que esperar hasta fin de año.

Los mayores perjudicados serán los contribuyentes que paguen únicamente el Impuesto a los Bienes Personales, que se hace una vez al año. En consecuencia, no tendrán opción de poder descontar su crédito en forma mensual. Los monotributistas, en tanto, deberán pedir un certificado ante la AFIP. Pero en el organismo pondrán sus miras sobre ellos, ya que cruzarán los datos para chequear si la persona tiene todo en regla.

Fuente: Iprofesional.com

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