Ganancias y Bienes Personales: vence declaración anual para empresas y accionistas

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Durante este mes, las compañías y los particulares deben llevar a cabo la presentación y el pago de las obligaciones correspondientes al ejercicio fiscal 2011. A tal efecto, la AFIP lanzó una completa guía que establece los pasos a seguir para cumplir, en tiempo y forma, con el organismo recaudador

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que durante este mes vence el plazo para que los particulares, que cuentan con acciones de sociedades no cotizantes -que cierran balance en diciembre- presenten la declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias y de Bienes Personales.

Complementariamente, indicó que rige el plazo para que las empresas presenten y cancelen la liquidación anual de Ganancias correspondiente al ejercicio fiscal 2011.

Vencimientos para particulares
Con respecto a las características del vencimiento, el fisco nacional aclaró quiénes deben presentar declaraciones juradas durante este mes:

  • Obligados a presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias -F.711 – Nuevo Modelo:
    • Quienes se encuentren inscriptos en el tributo.
    • Los contribuyentes autónomos que obtengan ingresos por cualquier actividad y no se encuentren adheridos al Monotributo por la misma.
  • Obligados a presentar declaración jurada del Impuesto sobre los Bienes Personales -F.762/A:
    • Quienes se encuentren inscriptos en el tributo.
    • Aquellos que al 31 de diciembre pasado posean bienes que superen los 305.000 pesos.

«Si cuentan con participaciones en sociedades (con acciones de empresas que cierran balance en diciembre) que no cotizan en bolsa o mercado de valores deben considerar los vencimientos establecidos para este mes», agregaron desde la AFIP.

Las declaraciones juradas generadas por el aplicativo «Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales» tendrán que ser presentadas mediante la transferencia electrónica de datos, ingresando con Clave Fiscal al servicio «Presentación de DDJJ y Pagos«.

Para cumplir con la obligación, los contribuyentes utilizarán la nueva versión del programa aplicativo denominado «Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales 13.0«. Para descargar el software haga clic aquí.

Si al generar las liquidaciones, las mismas arrojaran un salgo a ingresar, deberán efectuar el pago según se detalla para cada caso:

  • Grandes contribuyentes: únicamente mediante transferencia electrónica de fondos, generando un Volante Electrónico de Pago (VEP).
  • Resto de los contribuyentes: podrán optar por realizar el pago mediante alguna de las siguientes modalidades:
    • Transferencia electrónica de fondos, generando un VEP.
    • En efectivo, dirigiéndose personalmente a las entidades bancarias habilitadas (se aceptan también cheques propios, financieros y cancelatorios), Pago Fácil, Rapipago y Bapro Pagos.
    • Efectuando la cancelación en cajeros automáticos de la red Link o Banelco.
    • Utilizando tarjeta de crédito: se podrá realizar el pago telefónicamente o adhiriéndose al débito automático.

Respecto de las fechas de vencimiento, la AFIP precisó que deberán respetarse las siguientes a los fines de la presentación de las declaraciones juradas:

Complementariamente, el fisco nacional estableció las siguientes fechas para el ingreso del saldo resultante:

 


Asimismo, la AFIP también puso a disposición de los contribuyentes un programa simulador de Ganancias y Bienes Personales que les permite conocer si les corresponde presentar o no la declaración jurada, y, en caso afirmativo, cuál es el importe que se debe abonar. Para realizar la simulación haga clic aquí.

Sociedades
Complementariamente, durante este mes rige el plazo para que todas las empresas que cierran balance en diciembre presenten la declaración jurada anual correspondiente a 2011.

Para ello, deberán utilizar el aplicativo denominado «Ganancias Personas Jurídicas Versión 11 Release 0» -que puede descargarse haciendo clic aquí.

Sobre las fechas de vencimiento, la AFIP precisó que deberán respetarse las siguientes, para la presentación y cancelación de las declaraciones juradas:

 


La lupa sobre los dólares, gastos e inversiones
El fisco nacional también recordó que, desde el año pasado las compañías también deben proveer al fisco, mediante transferencia electrónica de datos, «la memoria, los estados contables y el informe de auditoría del período fiscal correspondiente en formato pdf«.

Una vez recibida y procesada la información, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray hará foco en:

  • Las inversiones realizadas.
  • Los gastos afrontados.
  • El portfolio societario.
  • La compra de dólares y su destino.

En relación a los gastos afrontados, los controles recaerán sobre los datos vinculados con:

  • Servicios públicos.
  • Seguros.
  • Gastos de combustible.
  • Propaganda, publicidad y merchandising.
  • Viáticos, refrigerio y transporte.
  • Gastos médicos.
  • Sistema de seguridad y transporte de caudales.
  • Alquiler de inmuebles y/o autos afectados a directivos del exterior que se desempeñan en el país.
  • Diferencias de valuación.
  • Ajustes de precios realizados por la Aduana.
  • Cargas fiscales no deducibles.
  • Deducción por venta forzosa de hacienda.
  • Gastos de representación.

En lo que refiere a los datos vinculados con las divisas, Echegaray oportunamente destacó que si «bien las compañías tienen permitido por ley comprar dólares, en concepto de atesoramiento, el fisco nacional quiere saber qué es lo que realmente hacen con aquellos que compran«.

Cómo se explican las cifras récord de cumplimiento
Recientemente, el administrador Federal dio a conocer cifras récord respecto de las presentaciones y pago de las declaraciones en Ganancias y Bienes Personales tramitadas el mes pasado.
 «Las acciones de verificación y fiscalización de la AFIP están mostrando resultados concretos y relevantes«, aseguró Echegaray.

Y destacó: «Hemos logrado un nuevo récord de presentaciones de declaraciones juradas y de impuesto determinado de los Impuestos a las Ganancias y Bienes Personales».

Con relación a Ganancias, la AFIP informó que se efectuaron 518.427 presentaciones de declaraciones juradas, registrándose un incremento del 6,3% respecto al año fiscal anterior. Asimismo, el gravamen determinado alcanzó $12.232 millones, lo que representa un crecimiento del 41,3% en comparación al período 2010.

En tanto, en el Impuesto sobre los Bienes Personales se registraron 415.749 declaraciones juradas que implican un incremento del 9,4% con relación al año anterior. El impuesto determinado alcanzó a $1.685 millones, registrándose un aumento interanual del 31,3 por ciento.

«Esta tendencia favorable se verá ratificada con las presentaciones que se efectuarán entre el 14 y 18 de mayo, correspondientes a los contribuyentes con participaciones en sociedades», adelantó Echegaray.

Y concluyó: «Estos números ratifican que el accionar de fiscalización de la Administración Federal induce positivamente a los contribuyentes a cumplir con sus obligaciones fiscales».

En este escenario, diversos expertos destacaron que también existen otros motivos que contribuyeron a alcanzar estos números.

Al respecto, desde Tributum.com.ar, el consultor tributario Mario Goldman Rota destacó que el efecto nocivo de la inflación, sumado a la falta de actualización del mínimo exento en Bienes Personales en relación a los incrementos en valores inmobiliarios y rodados fueron determinantes.

Además, mencionó la falta de actualización de los tramos de la escala de alícuotas del Impuesto a las Ganancias y el atraso en la actualización de los montos de la ganancia no imponible y demás deducciones como otros factores que, junto a un mayor control del fisco y un mejor nivel de cumplimiento, llevaron a alcanzar un nuevo récord.

Fuente: Infobae Profesional

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