Avanza un proyecto elaborado por AFIP que extiende el pago de Ganancias a la renta financiera

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El objetivo de gravar la renta financiera forma parte de un conjunto de modificaciones tributarias cuyo eje central es la modificación del Impuesto a las Ganancias, fue plasmado en un proyecto de ley elaborado por la AFIP. La iniciativa se encuentra a la espera de su envío al Congreso por parte del Poder Ejecutivo.

La iniciativa recibió una serie de modificaciones a lo largo del año y hoy se encuentra a la espera de su envío al Congreso por parte del Poder Ejecutivo. “El proyecto está listo y en las últimas semanas comenzó a moverse“, publica hoy Tiempo Argentino .

Al menos en su versión original, del denominado “Plan Antievasión III” la propuesta oficial extiende el alcance del Impuesto a las Ganancias a la venta de acciones de sociedades que no cotizan en el mercado de valores por parte de personas físicas residentes en el país, una medida que apunta centralmente a gravar la compra y venta de empresas.

Las transacciones de acciones y bonos que sí cotizan en Bolsa también serían gravadas, pero sólo para el caso de las operaciones que involucran a extranjeros, no así para los residentes.

También incorpora una serie de modificaciones a la hora de determinar cuál es el resultado impositivo gravado de los fideicomisos, que pasan a ser considerados como una sociedad anónima y, como tales, obligados a pagar el 35% sobre las utilidades obtenidas.

El alcance se extiende a fideicomisos no financieros, como sucede por caso con aquellos destinados a financiar inversiones en el sector de la construcción. Utilizados para lo que comúnmente se llama “compras desde el pozo”, los fideicomisos para la construcción son instrumentos que permiten a los desarrolladores encarar proyectos conjuntamente con inversores minoristas, quienes pagan una cuota que equivale generalmente al costo de la unidad del edificio, quedándose con la diferencia generada una vez que venden la vivienda a precio de mercado. Esta modalidad ha tenido un importante crecimiento durante los últimos años, ya que se trata de una herramienta útil a la hora de canalizar recursos de pequeños inversores que se vuelcan a la construcción como forma de proteger sus ahorros, según argumentan desde el sector inmobiliario.

Al asimilarlas con una sociedad anónima, la iniciativa prevé que los fideicomisos se conviertan en responsables del pago de la alícuota del 35% de las ganancias obtenidas. Por el contrario, actualmente el tributo es sobrellevado por quien vende los derechos a una parte del fideicomiso (vivienda), quien suele arbitrar el precio de transferencia bajo el concepto de construcción al costo. La intención de la AFIP es que el pago de Ganancias se establezca tomando en cuenta el valor de mercado de los departamentos que se construyen.

En cuanto a los paraísos fiscales, se introduce una serie de medidas tendientes a darle mayor rigor a la fiscalización de las transacciones externas a fin de evitar maniobras de evasión. Así, se establece que ya no serán deducibles de Ganancias los pagos a terceros (personas físicas o entes) radicados en países de “nula o baja tributación”, reteniendo la autoridad tributaria el 35% con carácter de pago único y definitivo. Asimismo, la normativa se extiende para el caso de las transacciones con personas o empresas del exterior que, aunque no provengan de paraísos fiscales, sí utilicen cuentas abiertas en entidades bancarias o financieras radicadas en los mencionados países de baja o nula tributación. “Se presumirá sin admitirse prueba en contrario que el 100% de las sumas pagadas constituye ganancia neta de fuente argentina“, dice el texto al respecto.

En materia de quebrantos, se establece una limitación importante, siendo deducibles contra las ganancias producidas en los cinco ejercicios fiscales siguientes a la generación del quebranto, pero sólo hasta el límite del 30% de tales ganancias por año fiscal.

Fuente: Ennotas.com

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