Aumento Personal de casas particulares a partir del 01/09/2014 y 01/01/2015

By  |  0 Comments

Mediante la RESOLUCION M.T.E. y S.S. 1.062/14  se establecieron los nuevos haberes mínimos mensuales.

RESOLUCION M.T.E. y S.S. 1.062/14
Buenos Aires, 29 de setiembre de 2014
B.O.: 2/10/14
Vigencia: 1/9/14

Servicio doméstico. Ley 26.844. Personal de casas particulares. Salarios. Remuneraciones mensuales mínimas a partir del 1/9/14 y 1/1/15.

Art. 1 – Fíjense a partir del 1 de setiembre de 2014, y a partir del 1 de enero de 2015 las remuneraciones horarias y mensuales mínimas para el personal comprendido en el régimen establecido por la Ley 26.844 que se establecen en los Anexos 1 y 2, respectivamente, que forman parte integrante de la presente.

Art. 2 – Las adecuaciones salariales dispuestas por esta resolución serán de aplicación en todo el territorio de la Nación, sin perjuicio de las facultades asignadas por la Ley 26.844 a la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares.

Art. 3 – De forma.


ANEXO 1 – Categorías y remuneraciones a partir del 1/9/14

1. Supervisor/a: coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo Personal con retiro
Hora: $ 37. Mensual: $ 4.740
Personal sin retiro
Hora: $ 41. Mensual: $ 5.280
2. Personal para tareas específicas: cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo Personal con retiro
Hora: $ 35. Mensual: $ 4.404
Personal sin retiro
Hora: $ 38. Mensual: $ 4.902
3. Caseros: personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo Hora: $ 34. Mensual: $ 4.296
4. Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores Personal con retiro
Hora: $ 34. Mensual: $ 4.296
Personal sin retiro
Hora: $ 37. Mensual: $ 4.788
5. Personal para tareas generales: prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar Personal con retiro
Hora: $ 30. Mensual: $ 3.864
Personal sin retiro
Hora: $ 34. Mensual: $ 4.296

El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.


ANEXO 2 – Categorías y remuneraciones a partir del 1/1/15

1. Supervisor/a: coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo Personal con retiro
Hora: $ 40. Mensual: $ 5.135
Personal sin retiro
Hora: $ 44. Mensual: $ 5.720
2. Personal para tareas específicas: cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar, dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo Personal con retiro
Hora: $ 38. Mensual: $ 4.771
Personal sin retiro
Hora: $ 42. Mensual: $ 5.311
3. Caseros: personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo Hora: $ 36. Mensual: $ 4.654
4. Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores Personal con retiro
Hora: $ 36. Mensual: $ 4.654
Personal sin retiro
Hora: $ 40. Mensual: $ 5.187
5. Personal para tareas generales: prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar Personal con retiro
Hora: $ 33. Mensual: $ 4.186
Personal sin retiro
Hora: $ 36. Mensual: $ 4.654

El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.

Deje su comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *