2.1.- Salario Complementario – Condiciones de vigencia

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Salario Complementario

2.1.1.- Condiciones de vigencia

Las condiciones de vigencia del beneficio de Salario Complementario a las cuales están sujetos sus beneficiarios fueron definidas en el Punto 1.5, apartado II, del Acta N° 4 adoptada por la Decisión Administrativa (JGM) N 591/20 (con las aclaraciones formuladas en los Puntos 4.3 y 5 del Acta N° 7 que fuera adoptada por la Decisión Administrativa [JGM] N° 702/20) y en el Punto 7 del Acta N° 15 adoptada por la Decisión Administrativa [JGM] N° 1133/20), y son las que a continuación se consignan:

  • Distribución de utilidades: no pueden distribuir utilidades por los períodos fiscales cerrados a partir de noviembre de 2019.
  • Recompra de acciones: no pueden recomprar sus acciones directa o indirectamente.
  • Títulos valores: no pueden adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o su transferencia en custodia al exterior.
  • Remisiones al exterior: no pueden realizar erogaciones de ninguna especie a sujetos relacionados directa o indirectamente con el beneficiario cuya residencia, radicación o domicilio se encuentre en una jurisdicción no cooperante o de baja o nula tributación. Al efecto, debe tenerse presente la condición de jurisdicciones no cooperantes o de baja o nula tributación, en los términos de los artículos 24 y 25 del Decreto N° 862/19, reglamentario de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
  • Incremento de honorarios: no pueden incrementar los honorarios, salarios o anticipos de los miembros de los órganos de administración más de un CINCO POR CIENTO (5%) en términos nominales de su valor en pesos moneda nacional. Este recaudo se extiende a pagos adicionales, bonificaciones u honorarios extraordinarios vinculados al cumplimiento de determinados resultados.

Asimismo, se encuentra previsto en el ordenamiento reseñado que en ningún caso, como consecuencia de tales causales, podrá producirse la disminución del patrimonio neto, siendo de aplicación a este respecto el mismo plazo por el cual los beneficiarios deben cumplir estas condiciones.

 

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