Tasa IGJ: Se estableció el vencimiento para el pago anual

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RESOLUCION M.J. y D.H. 985/16
Buenos Aires, 26 de octubre de 2016
B.O.: 2/11/16
Vigencia: 2/11/16

Sociedades comerciales. Tasa anual I.G.J. Dec. Adm. J.G.M. 46/01. Vencimientos para el pago de la tasa anual correspondiente al año 2016.

Art. 1 – Fíjase el día 25 de noviembre de 2016 como fecha de vencimiento para el pago de la tasa anual establecida por el art. 4 de la Dec. Adm. J.G.M. 46/01.

Art. 2 – Vencida la fecha establecida en el artículo anterior, será de aplicación la multa prevista en el art. 7 de la Dec. Adm. J.G.M. 46/01.

Art. 3 – De forma.

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