Provincia de Buenos Aires. Dirección Provincial de Personas Jurídicas. Trámites especiales. Ley 14.028

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DISPOSICION D.P.P.J. 67/17 (P.B.A.)
La Plata, 8 de setiembre de 2017
B.O.: 19/9/17 (P.B.A.)
Vigencia: 19/9/17

Provincia de Buenos Aires. Dirección Provincial de Personas Jurídicas. Trámites especiales. Ley 14.028. Vigencia de plazos. Su restablecimiento. Disp. D.P.P.J. 60/17. Su modificación.

Art. 1 – Dejar sin efecto la Disp. D.P.P.J. 60/17 con relación a los “Trámites especiales” de cuatro y quince días y en consecuencia, restablecer con plena vigencia los plazos previstos en el art. 3 de la Ley 14.028 y su convenio de colaboración aprobado mediante Dto. 914, del 28 de junio de 2010, a partir del 11 de setiembre de 2017, para los trámites especiales de cuatro y quince días ingresados por Mesa de Entradas de esta sede central, por el Departamento de Delegaciones del Interior, por el Departamento de Rúbricas, por el Departamento de Contralor o por el Departamento de Asesoramiento a Asociaciones Civiles.

Art. 2 – Mantener la Disp. D.P.P.J. 60/17 en cuanto hace a la suspensión del plazo de un día previsto en el art. 3 de la Ley 14.028 y su convenio de colaboración aprobado mediante Dto. 914, del 28 de junio de 2010.

Art. 3 – Por el Departamento Delegaciones del Interior habrá de procederse a instruir a las Oficinas Delegadas de esta Dirección Provincial de Personas Jurídicas, a los efectos de adoptar las medidas pertinentes en concordancia con lo establecido en la presente.

Art. 4 – De forma.

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