La AFIP extendio hasta el 21/04 la presentacion del f 572 con carácter excepcional
RESOLUCION GENERAL A.F.I.P. 4.023/17
Buenos Aires, 3 de abril de 2017
B.O.: 4/4/17
Vigencia: 4/4/17
Impuesto a las ganancias. Régimen de retención. Rentas del trabajo personal en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones y otras. Res. Grales. A.F.I.P. 2.442/08 y 4.003/17. Presentación del F. de “Declaración jurada” 572 o 572 web. Período fiscal 2016. Prórroga de su presentación.
Art. 1 – Los beneficiarios de las rentas comprendidas en las Res. Grales. A.F.I.P. 2.442/08, y sus complementarias, y 2.437/08, sus modificatorias y complementarias, sustituida por su similar Nº 4.003/17, podrán –con carácter de excepción– efectuar la presentación del F. de “Declaración jurada” 572 o 572 web –según sea el caso–, correspondiente al período fiscal 2016, hasta el 21 de abril de 2017, inclusive.
Asimismo, los agentes de retención realizarán las liquidaciones anuales correspondientes a dicho período hasta el 31 de mayo de 2017, inclusive.
Art. 2 – De forma.