En el ámbito del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la Cámara Argentina de Comercio y Servicios en su carácter de entidad negociadora del Convenio Colectivo 308/75 para Viajantes de Comercio, Industria y Servicios, firmó la renovación del acuerdo paritario con la Federación Única de Viajantes de Comercio (FUVA) y la Asociación Viajantes Vendedores de la Argentina de Industria, Comercio y Servicios (AVVA).
El acuerdo paritario fue firmado el pasado lunes 19 de febrero estableciendo un aumento del 35% a partir del 1º de septiembre del corriente año. Así el incremento de la garantía mínima antes citada (que anteriormente ascendía a la suma de pesos diez mil ochocientos treinta -$10.830-) ahora eleva y con vigencia a partir del mes de septiembre del 2016 a la suma de catorce mil seiscientos veinte pesos 50/100 -$14.620,50-.
Con relación a la gratificación extraordinaria no remunerativa en tres pagos que por el acuerdo anterior se estableció en pesos cinco mil diez -$5.010-, la misma ahora se elevó a la suma de seis mil quinientos trece pesos -$6.513-.
Las tres oportunidades de pago de las sumas antes referidas quedaron establecidas de la siguiente manera: en 3 cuotas iguales y únicas de dos mil ciento setenta y un pesos -$ 2.171-.
La primera cuota a liquidarse con las retribuciones devengadas en el periodo del mes de febrero de 2017, la segunda con las del mes de mayo de 2017 y la tercera en julio de 2017.
Por último se estableció un aporte solidario, a cargo de los trabajadores comprendidos en el CCT 309/75, de cien pesos -$100- a retener sobre las remuneraciones totales brutas que se le abonen a los mismos a partir del mes de septiembre de 2016 y hasta el 31 de agosto de 2017 inclusive.
El presente acuerdo será exigible en su cumplimiento a partir de su homologación la cual las partes firmantes así lo han solicitado a la autoridad de aplicación (Ministerio de Trabajo de la Nación).